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GOBIERNO FINANCIA LA INNOVACIÓN EN TIEMPOS DE CRISIS

By 15 de abril de 2020mayo 17th, 2022Sin comentarios6 min read

En este documento encontrará los primeros lineamientos de cómo va a operar el nuevo instrumento de Minciencias para apoyar la innovación en las Pymes recuperando hasta el 50% de las inversiones que realice su empresa.  

«CRÉDITO FISCAL PARA INVERSIONES EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN O VINCULACIÓN DE CAPITAL HUMANO DE ALTO NIVEL», es el nombre largo de un nuevo instrumento de Minciencias que, dentro de este periodo de crisis, resulta un respiro para las pequeñas y medianas empresas en Colombia. El pasado 1° de abril fue publicado el proyecto de decreto que dará vida a un instrumento que será impulsor de la inversión y el desarrollo de innovación en las pymes y emprendimientos en el país.

Es recomendable conversar con el contador, el abogado y el área técnica de la empresa para entender el impacto que este instrumento puede tener en la empresa, mientras tanto, desde INVENTTA identificamos cinco cosas que deben saber para preparar a la organización en cómo utilizar estos nuevos beneficios tributarios:

NÚMERO 1. ¿Cuál es el beneficio? 

Desde hace más de veinte años el gobierno tiene un instrumento para dar beneficios fiscales a las empresas que invierten en ciencia, tecnología e innovación, según datos oficiales, del cupo asignado entre 2012-2017, solo un 6,7% ha ido a las Pymes[1]. Por esta razón se creó un nuevo beneficio que otorga a estas empresas hasta el 50% del valor de la inversión en ciencia y tecnología, como {tooltip}crédito fiscal {end-text}Monto en dinero a favor del contribuyente{end-tooltip}.

En esa medida, a manera de ejemplo, si la empresa desarrolla un proyecto cuyas inversiones ascienden a 1000 millones de pesos {tooltip}(CAPEX + OPEX ) {end-text} CAPEX: Pagos por fuera de la empresa (facturas) OPEX: Inversión interna (nómina, maquinaria, espacios){end-tooltip}, y el mismo es presentado y aprobado a este beneficio tributario, la empresa tendrá derecho a un crédito fiscal por valor de 500 millones que podrá utilizar para pagar impuestos e incluso para dar liquidez a la empresa como explicaremos más adelante.

Es muy importante entender que ningún beneficio fiscal entrega dinero líquido para desarrollar un proyecto (cofinanciación), sino otorga un alivio tributario posterior a la realización de las inversiones.

NÚMERO 2. ¿En qué se diferencia con los beneficios existentes? 

El beneficio tributario actual otorga un doble beneficio a las empresas; permite deducir el 100% del valor aprobado (esto es, incluir todo el valor como gasto en el año en que se ejecuta, reduciendo así la base sobre la que se calcula el impuesto a pagar), y otorga un descuento tributario por el 25% del valor del proyecto (que se resta del impuesto a pagar – teniendo en cuenta los topes establecidos-). Para hacer un uso pleno de este beneficio la empresa debe tener renta a pagar, cuando el saldo del valor a pagar es cero (que es el caso de muchas pymes), no pueden hacer uso del descuento del 25%. Sin embargo, una mipyme puede optar por presentar sus proyectos a cualquiera de los dos instrumentos. En la siguiente tabla presentamos algunas de las diferencias.

grafica 1 con ajustes 800x600 01 03 Inventta

NÚMERO 3. ¿Cómo utilizar el beneficio? 

La empresa que obtiene el beneficio tributario (crédito fiscal del 50% del valor aprobado), tiene 3 formas diferentes para usar este beneficio:

  1. Lo utiliza para pagar renta (o una parte) para el año fiscal aprobado o el siguiente Incrementando su saldo a favor.
  2. Podrá solicitar a la DIAN compensar (cruzar cuentas) con otro impuesto del orden nacional como el IVA.
  3. Podrá solicitar a la DIAN le entreguen un Título de devolución de impuestos – TIDIS, el cual podrá usar, o bien para pagar impuestos (tiene vigencia de 1 año) o bien podrá negociar en el mercado de valores.

El proceso para que una mipyme haga uso del beneficio se puede resumir en la siguiente gráfica:

grafica 2 550x550 01 Inventta

NÚMERO 4. ¿Qué proyectos son susceptibles de obtener los beneficios?

Por lo que se conoce del nuevo instrumento, los parámetros para presentar y evaluar un proyecto como de Ciencia, Tecnología e Innovación, serán los mismos que hasta ahora se están definidos en el Documento de Tipologias de Minciencias hasta el momento; el Ministerio no ha planteado modificar ni las tipologías, ni el formulario de registro, ni la rigurosidad del proceso de evaluación para esta nueva convocatoria.

En esa medida, los proyectos pueden ser de investigación, desarrollo tecnológico o de innovación (de producto, proceso o organizacional) en cualquier temática y sector; el espíritu de estos proyectos es, en todos los casos, que 1) Mejoren la productividad y competitividad de las empresas 2) Desarrollen y fortalezcan sus capacidades de sofisticar su oferta y procesos a través del uso de ciencia y tecnología y 3)  Representen un diferencial significativo respecto a lo que otras empresas en el mismo rubro están ofertando o haciendo. Por tanto, ponerse al día tecnológicamente, incorporar software comercial (como un CRM o un ERP) o comprar maquinaria en procesos llave en mano, no es considerado como un proyecto de cti para estos fines.

NÚMERO 5. ¿Cómo iniciar? 

En los más de 10 años en Colombia y más de 15 en Brasil que llevamos acompañando empresas a acceder a este tipo de instrumentos de gobierno, hemos desarrollado ciertas prácticas que simplifican y facilitan a las empresas acceder a estos beneficios. La recomendación y el trabajo que hacemos para nuestros clientes se resume en:

  • Analizar, a la luz de las tipologías de Minciencias y de nuestra propia experiencia, si los proyectos que está desarrollando la empresa tienen potencial de competir por el beneficio fiscal.
  • Seleccionar el o los proyectos que, por su temática y nivel de inversión, resultan más promisorios e interesantes para ser presentados.
  • Formular los proyectos bajo la metodología y requisitos definidos por Minciencias a través de sus convocatorias.
  • En caso de obtener el beneficio tributario, asesorarse tributáriamente para hacer el mejor uso del crédito fiscal incluyendo la solicitud (y eventual negociación) de los TIDIS.

En tiempos de crisis, todas las ayudas son bienvenidas, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación tiene 1.5 billones de pesos (1.500.000.000.000.oo) para apoyar a las empresas, y ahora tiene un instrumento exclusivo para que las mipymes y emprendedores recuperen hasta el 50% de su inversión. ¡Recuperar la economía será un esfuerzo de todos, las condiciones están dadas para hacerlo basados en tecnología!


[1] Asignando solo el 6,7 % a Mipymes durante el periodo 2012-2017 Fuente. Bases plan de desarrollo pag. 464 https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Prensa/PND-2018-2022.pdf

 

Escrito por:

Mauricio Reyes 

Director Inventta

 Mariana Vélez

Directora de proyectos

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